DERECHO A LA SALUD
DETECCIÓN DE DISCAPACIDADES EN ETAPA PRENATAL O PERINATAL
Los controles durante el período de embarazo son indispensables para vigilar la evolución del bebé y de la madre y lograr llegar al momento del nacimiento de la mejor manera posible.
La idea con los controles (entre otras cosas), es ir detectando o descartando distintas enfermedades en la madre que pueden afectar al bebé, y detectar o descartar posibles complicaciones que pueda tener el bebé para atenderlas y prepararse eficazmente.
Como no soy médica ni obstetra, no me voy a meter a dar detalles que no me competen, pero si me parece importante detallar los siguientes derechos, que tanto la madre como el bebé tienen «garantizados desde el momento de la concepción, los controles, atención y prevención adecuados para su óptimo desarrollo físico-psíquico y social.
En caso de existir además, factores de riesgo, se deberán extremar los esfuerzos en relación con los controles, asistencia, tratamientos y exámenes complementarios necesarios, para evitar patología o en su defecto detectarla tempranamente.
Si se detecta patología discapacitante en la madre o el feto, durante el embarazo o en el recién nacido en el período perinatal, se pondrán en marcha además, los tratamientos necesarios para evitar discapacidad o compensarla, a través de una adecuada estimulación y/u otros tratamientos que se puedan aplicar.
En todos los casos, se deberá contemplar el apoyo psicológico adecuado del grupo familiar»*.
¿Qué quiere decir esto y por qué considero que es tan importante saberlo? Porque hay un montón de estudios que las obras sociales y prepagas no cubren, SALVO que se detecte algún tipo de patología discapacitante en la etapa prenatal o perinatal. En ese caso, si deben cubrirlos porque está dentro de las prestaciones obligatorias para las personas con discapacidad.
Fuente: *art. 14 ley 24.901
©María Carolina Gatto, Buenos Aires, 27/01/2021.