DERECHO de consumo
¿SABÉS POR QUÉ ES OBLIGATORIO QUE TE EXHIBAN LOS PRECIOS?
Quienes ofrezcan productos o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina (en pesos en criollo).
En el caso de productos, la exhibición se hará sobre cada objeto, artículo, producto o grupo o conjunto de una misma mercadería que se encuentre expuesto a la vista del público. Cuando por la naturaleza o ubicación de los bienes no sea posible, deberá utilizarse lista de precios.
En el caso que el local ofrezca servicios (por ejemplo una peluquería), los precios deberán exhibirse mediante listas colocadas en lugares que permitan una clara visualización por parte de los consumidores, con anterioridad a la utilización o contratación de los mismos. La resolución nombra solo 4 excepciones: pieles naturales, antigüedades, alhajas y obras de arte.
Lo establece la resolución 7/2002 de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor.
¿No cumplen? El gobierno de la ciudad de Buenos Aires, tiene un sitio donde podés denunciar estas infracciones y solicitar una inspección al local.
¿Dónde? https://www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor/lealtad-comercial-0 hay un link que dice “solicita inspección”.
Las infracciones serán sancionadas conforme la ley de lealtad comercial (22.802).
Fuente: regulada por la Resolución 7/2002 de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor de fecha 3/6/2002, es Nacional rige en todo el país.
©María Carolina Gatto, Buenos Aires, 19/08/2020.